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¡Pilas! Sobrecosto por consumo de agua mayor a 44 metros cúbicos se hará efectivo desde junio

La empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá anunció el inicio de la medida y los valores de los sobrecostos por un consumo mayor a 44 metros cúbicos en el periodo que cobra la factura del servicio.

Imagen de referencia de factura del agua. Foto: Colprensa

Imagen de referencia de factura del agua. Foto: Colprensa(Thot)

Esta medida, es respaldada por las Resoluciones 943 de 2021 y 039 de 2024 de la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA), que implica un cargo adicional en el servicio de acueducto para los suscriptores residenciales que excedan en un mes el doble del consumo básico.

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Es importante recordar que el objetivo principal de esta medida es gestionar la demanda de agua, especialmente en momentos de disminución de los niveles de lluvia debido a fenómenos naturales y condiciones climáticas variables en la región, asociadas a déficits de precipitación en el país.

Los ciudadanos deberán pagar un valor adicional por cada metro cúbico, en cual se verá reflejado en la factura correspondiente al ciclo siguiente de facturación, independientemente del estrato socioeconómico así:

  • Bogotá: $3.380,84 por m3 superior al límite.
  • Soacha: $3.105,39 por m3 superior al límite.
  • Gachancipá: $2.384,24, por m3 superior al límite.
  • Tocancipá y Zipaquirá: $2.082,39, por m3 superior al límite

¿Qué harán con el dinero recaudado?

Los recursos recaudados a través de este cargo adicional no representarán ingresos adicionales para la empresa de Acuecto sino que se destinarán al Fondo Nacional Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

¿Para quienes aplica?

La Empresa de Acueducto, anunció que esta medida no se aplicará a inquilinatos, entidades sin ánimo de lucro que reciben un servicio especial, multiusuarios, ni a usuarios de áreas comunes de inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal.

Además, hogares comunitarios de bienestar y sustitutos, según lo establecido por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, también estarán exentos.

El Acueducto también insta a los prestadores del servicio de acueducto que son beneficiarios de contratos de suministro de agua potable de la Empresa a adoptar esta medida regulatoria de desincentivo al consumo excesivo, activada por la CRA.

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