Voto preferente
Es un mecanismo mediante el cual los electores tiene la posibilidad de reorganizar las listas presentadas por los partidos y movimientos políticos con personería jurídica.
En el voto preferente el elector podrá señalar el candidato de su preferencia entre los nombres de la lista que aparezcan en la tarjeta electoral sin interesar el orden. La lista se reorganiza de mayor a menor votación, teniendo en cuenta las votaciones de cada uno de quienes la conforman.
Diferencia entre la lista cerrada y la lista con voto preferente.
Las listas cerradas o sin voto preferente favorecen la elección de candidatos de acuerdo con el orden en que estan inscritos, lo que no necesariamente coincide con las preferencias del electorado, mientras que la lista con voto preferente configura un instrumento democrático en el momento de la elección.
La lista cerrada no permite al elector escoger entre uno y otro candidato de la colectividad, es decir, el elector no puede cambiar el orden en el que los candidatos fueron inscritos en las respectiva lista. A diferencia de las listas con voto preferente, en las cuales los aspirantes, para efectos de asignación de curules, se reordenarán de conformidad con el total de la votación obtenida por cada uno.
El Umbral
Es la cantidad mínima de votos válidos que debe obtener una lista para entrar a competir por las curules a proveer dentro de una determinada corporación y, en consecuencia, para que le sea aplicada la cifra repartidora.
Se emplea exclusivamente para listas a corporaciones y en los mecanismos de participación ciudadana. No se aplicará esta norma cuando ninguna de las listas obtenga la votación mínima.
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