La Procuraduría sostiene que Juez de Rionegro, Antioquia no avaló la adopción de una menor de edad a una pareja de lesbianas sino que le deja en manos al Bienestar Familiar cumplir el debido proceso y responder el requerimiento.
Explica que según su interpretación la juez del caso lo que ordena es darle trámite a la solicitud de adopción de las dos mujeres.
En este caso se tutela el debido proceso ya que el ICBF no cumplió con el trámite de la solicitud por lo que pide se cumplan los lineamientos para estos casos.
Ante esta situación anunció la Procuradora, que ordenó una vigilancia administrativa para que el Bienestar familiar de cumplimiento a los parámetros y se de una respuesta para este tema de adopción.
Dijo la delegada que “no es cierto que la jueza haya ordenado por tutela la adopción en parejas homosexuales”.
Aclara que la tutela lo que dice es que como no se cumplió con el debido proceso la tutela no procede sino para que continúe el proceso por que la vía gubernativa no se ha agotado.
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