En 31.29 por ciento fue fijada la nueva tasa de usura para los créditos ordinarios y de consumo en el periodo comprendido entre el primero de julio y el 30 de septiembre de 2012.
La determinación fue adoptada por la Superintendencia Financiera, quien estableció que cualquier banco u otro prestamista que cobre una tasa mayor, incurrirá en el delito de usura que se penaliza con cárcel.
La nueva tasa tendrá efectos a futuro y aplicará igualmente en las ventas del comercio a plazos y en las compras con tarjetas de crédito y en el cobro de interés de mora.
Según la Superintendencia Financiera, la nueva tasa representa un incremento de 51 puntos básicos en comparación con el periodo que vence el 30 de junio.
Para la modalidad del microcrédito, el interés bancario es del 33.45 por ciento y la tasa de usura del 50.18 por ciento.
Por su parte, el interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se estableció en el 20.86 por ciento, con un aumento de 34 puntos básicos.